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Deducibilidad de compras del exterior

por Gustavo Villamayor

Durante un espacio en vivo por Instagram, impulsado por la agencia de marketing digital Key Social Media, la contadora Noemí Quintana abordó un tema actual y de interés para las personas que adquieren productos y servicios fuera del país.

Desde que los servicios digitales comenzaron a ser gravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), son muchas las dudas que siguen. En ese sentido, Noemí Quintana trató de aclarar varias de ellas.

 En primer lugar, mencionó que los servicios o productos que se adquieren de compañías fuera del país pueden ser deducidos en el IVA, siempre y cuando estén relacionados con el funcionamiento del negocio. O bien, sean gastos por servicios digitales. “Generalmente, todos los cursos que se hacen para mejorar ventas en el negocio suman en tu IVA, porque están relacionados con el movimiento del negocio”, añadió.

 Compras que se realizan en Amazon u otras plataformas tienen un proceso previo que también pueden sumar al IVA. En ese sentido, explicó que el procedimiento es solicitar un despacho individual a la transportadora que se encargó de trasladar el producto hasta Paraguay, y abonar el 13% sobre el importe de la adquisición. “Recién ahí se tiene un comprobante que te sirve para tu IVA”, señaló.

 Anuncios en Facebook

Sobre los gastos en anuncios en Facebook, mencionó que en el extracto bancario se puede visualizar el IVA generado por una compra concreta. Todas las adquisiciones de servicios digitales (Facebook, Ads, Netflix, HBO Plus, entre otras) suman 10% sobre una compra y ese es el impuesto que sirve para la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ya sea que el pago haya sido con tarjeta de crédito o débito.

 Con respecto a los documentos, señaló que el extracto bancario es el que sirve para declarar el IVA. Como archivo tributario, recomendó tener descargado o impreso las facturas que Facebook emite con los gastos. “Es importante recordar que las facturas que emite Facebook deben estar a tu nombre, para que el IVA pueda aplicarse, y/o estar a nombre de la empresa”, agregó.

 Los gastos de compras en línea únicamente sirven para IVA; por el momento, no para renta, ya que todavía no se aprobó la ley que lo permita.

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