Inicio Economia Hasta 500 jornales mínimos de multa para comercios que infrinjan ley “antihule”

Hasta 500 jornales mínimos de multa para comercios que infrinjan ley “antihule”

por Gustavo Villamayor

Desde el primero de julio, los comercios, sin importancia del tamaño, deberán acatar la Ley Nº 5414 “De Promoción de la Disminución del Uso de Plástico de Polietileno” conocida también  como ley “antihule”.

Con esta ley se busca regular el consumo de bolsas de polietileno entregadas para el traslado de productos en los supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general. Plantea el uso de otras que son reutilizables o confeccionadas con materiales biodegradables alternativos no contaminantes.

Los comercios que infrinjan la ley se exponen a multas de 10 a 500 jornales mínimos. Es que la autoridad de aplicación de la ley será el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), institución que verá cumplir las funciones y obligaciones en coordinación con los municipios.

De acuerdo a la ley, se entiende como materiales biodegradables a los que se descomponen mediante la acción de agentes biológicos y se reincorporan al suelo.

No obstante, la ley establece excepciones cuando no puede ser aplicada. Es decir, si por cuestiones de seguridad alimentaria o sanitaria el uso de polietileno u otro material plástico convencional sea necesario.

Certificación

Los productos regulados por la ley tienen que estar certificados por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología. Es decir, esta institución tendrá que verificar que los componentes y materiales utilizados en la fabricación sean biodegradables.

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